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FAS – Franco al Costado del Buque: Definición y ejemplos

FAS – Franco al Costado del Buque: FAS (Free Alongside Ship) es un Incoterm 2020 reservado al transporte marítimo o por vías navegables. El vendedor entrega la mercancía cuando la coloca al costado del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.

¿Cómo se aplica FAS – Franco al Costado del Buque?

Desde ese momento, el comprador asume el riesgo y los costes posteriores de carga a bordo, flete y seguro. El vendedor realiza el despacho de exportación. Deben especificarse el puerto y, cuando sea posible, el punto concreto de entrega dentro de la terminal.

La regla debe citarse con lugar preciso y versión Incoterms 2020; no sustituye el contrato, el pago ni la transmisión de propiedad.

Aspectos clave

AspectoAplicación práctica
ÁmbitoReparto de costes, riesgos y obligaciones en compraventa internacional
DocumentaciónContrato de compraventa, Incoterm, lugar nombrado, transporte y seguro
ResponsablesVendedor y comprador; transportistas ejecutan las instrucciones contratadas
Riesgo habitualConfundir quién paga con el punto exacto en que se transmite el riesgo

Lista de comprobación

  • Elegir regla adecuada al modo de transporte.
  • Nombrar punto o puerto exacto.
  • Separar costes de transmisión del riesgo.
  • Asignar exportación, importación y seguro.
  • Coordinar la regla con transporte y pago.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo resulta relevante FAS – Franco al Costado del Buque?

Resulta relevante al pactar condiciones de entrega en una compraventa nacional o internacional. La obligación concreta depende del tipo de operación, vehículo, mercancía y territorio.

¿Qué debe documentarse?

Contrato de compraventa, Incoterm, lugar nombrado, transporte y seguro. Los datos deben coincidir con la operación real y mantenerse disponibles para controles o reclamaciones.

¿Cuál es el error más frecuente?

Confundir quién paga con el punto exacto en que se transmite el riesgo. Por eso conviene verificar requisitos y responsabilidades antes de iniciar el servicio.

Fuente: ICC – Incoterms rules. Revisión técnica: 13.08.2026; contenido informativo, no constituye asesoramiento jurídico.

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